Solicitud de vivienda por causa de emergencia social


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción:
La solicitud de vivienda por causa de emergencia social se fundamenta en el Decreto 25/2013, de 22 de mayo, por el que se regula la adjudicación de viviendas del Principado de Asturias, ya que, en el artículo 19.3 del citado decreto se establece que las solicitudes de vivienda por causa de emergencia social se presentarán durante todo el año, a través del ayuntamiento del municipio de residencia.
Personas interesadas o destinatarias(requisitos):
Personas físicas.
Lugar de presentación:
- En el Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- Presencialmente, cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de Registro.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Presencialmente, Registro auxiliar Servicios Sociales.
Servicios Sociales en La Pola Siero: C/ Ramón y Cajal nº 19.
Servicios Sociales en Lugones: C/ Leopoldo Lugones nº 31.
Órgano gestor:
Servicios sociales del Ayuntamiento de Siero.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio.
Recursos posibles:
Recurso de reposición.
Recurso contencioso administrativo.

Tramitación presencial


Documentación complementaria a la solicitud