Comunicacion Previa sobre cambio de titularidad de actividades comerciales y de servicios


Nivel 2. Descarga de formularios.
Descripción:
Se entenderá por "comunicación previa" el documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento del Ayuntamiento de Siero hechos o elementos relativos al ejercicio de un derecho o al inicio de una actividad, indicando los aspectos que puedan condicionar la misma y acompañándola, en su caso, de cuantos documentos sean necesarios para su adecuado cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en la legislación correspondiente.

Se incluyen inicialmente en esta figura jurídica los siguientes tipos de actuaciones:

1. Cambio de titularidad por traspaso, sucesión, fusión, cambio de nombre o transformación de fórmula jurídico-mercantil etc., de actividades que tengan otorgada licencia de apertura vigente en la fecha del cambio, siempre que no se haya modificado la distribución y uso del local para el que se concedió la licencia anterior, ni las medidas correctoras impuestas, ni se haya modificado la normativa de prevención de incendios, ni precise licencia urbanística o de actividad o de instalación.

Se entenderá por establecimiento industrial o mercantil, toda edificación habitable, esté o no abierta al público, que no se destine exclusivamente a vivienda y que:

-Se dedique al ejercicio de alguna actividad empresarial fabril, artesana, de la construcción, comercial y de servicios.
-Aún sin desarrollarse aquellas actividades sirvan de auxilio o complemento para las mismas, o tengan relación con ellas, de forma que les proporcionen beneficios o aprovechamiento como, por ejemplo, sedes sociales, agencias, delegaciones o sucursales de entidades jurídicas, escritorios, oficinas, despachos o estudios, salvo que la sociedad utilice únicamente el local para celebrar Juntas Generales y sesiones del Consejo de Administración.
Personas interesadas o destinatarias(requisitos):
El titular de la licencia.
Órgano gestor:
Sección de licencias del Ayuntamiento de Siero.
Lugar y forma de presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.

Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.

A través del Registro Telemático con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido, con la documentación en formato digital.
Importe(Tributos):
Los que resulten aplicables según la Ordenanza Fiscal correspondiente, vigente en cada momento, y que puede ser consultada en esta misma sede eletrónica.
Efectos del silencio administrativo:
POSITIVO. En los procedimientos iniciados a solicitud el interesado, sin perjuicio de la resolución que el Ayuntamiento debe dictar, el vencimiento del plazo máximo (un mes) sin haberse notificado resolución expresa, legitima al interesado o interesados que hubieran presentado la solicitud para entenderla estimada por silencio administrativo.
No obstante, en ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo las autorizaciones tramitadas que vayan en contra de la legislación o del planeamiento urbanístico.

Tramitación presencial


Documentación complementaria a la solicitud