Licencias de uso y ocupación de viviendas unifamiliares


Nivel 2. Descarga de formularios.
Forma de inicio:
Se inicia a instancia del promotor o propietario, preseentando la solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación necesaria
Plazo de presentación:
Con anterioridad a la ocupación o uso de una obra.
Plazo máximo de resolución y notificación:
El plazo de resolución será de tres meses
Órgano que resuelve:
Resolución de la Alcaldía o de la Concejalía con delegación
Efectos del silencio administrativo:
Positivo. La obtención de la licencia de ocupación por el transcurso de los plazos de silencio positivo no alcanza a legitimar las obras o usos que resultaren contrarios al planeamiento, y se entenderá sin perjuicio del deber de formalizar posteriormente la licencia en la forma legalmente procedente.
Recursos posibles:
Recurso potestativo de reposición ante el órgano que resolvió en el plazo de un mes desde la notificación o la publicación.
Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso administrativo en el plazo dos meses desde la notificación o la publicación.