Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Forma de inicio:
El expediente puede ser iniciado de oficio o a instancia de parte presentando la solicitud debidamente cumplimentada de acuerdo con los artículos 66 y 67 de la Ley 39/2015 y la documentación requerida.
Plazo de presentación:
A lo largo de todo el año. El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.
Plazo máximo de resolución y notificación:
El plazo máximo de resolución será de 6 meses.
Órgano que resuelve:
Mediante Decreto de Concejal Delegado.
Efectos del silencio administrativo:
En caso de que no se manifieste la administración el silencio se considerará desestimatorio.
Recursos posibles:
Potestativo de reposición en el plazo de un mes desde la notificación o el silencio.Contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación o el silencio.