Licencia de obra menor para cierres (nueva construcción)


Nivel 2. Descarga de formularios.
Forma de inicio:
Se inicia a instancia del interesado presentando la solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación necesaria.
Plazo de presentación:
Con anterioridad al comienzo de la obra.
Plazo máximo de resolución y notificación:
El plazo de resolución será de un mes.
Órgano que resuelve:
Resolución de la Alcaldía o de la Concejalía de Urbanismo con delegación.
Efectos del silencio administrativo:
NEGATIVO, de conformidad a lo establecido en el art. 23.2 del Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de Julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y de cancelación de deudas con empresas y autónomos contraidas para las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.
Recursos posibles:
Recurso potestativo de reposición ante el órgano que resolvió en el plazo de un mes desde la notificación o la publicación.
Recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo en el plazo dos meses desde la notificación o la publicación.