Declaración responsable para las obras y usos del artículo 228 bis del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, modificado por la Ley 4/2021, de 1 de diciembre, de medidas administrativas urgentes


Nivel 2. Descarga de formularios.
Descripción:
Se entenderá por "declaración responsable" el documento suscrito por un interesado en el que éste manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad, o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

La instancia de "Declaración responsable para para las obras y usos del artículo 228.bis del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, modificado por Ley 4/2021, de 1 de diciembre, de medidas administrativas urgentes" afecta a todas las obras enumeradas en el referido artículo, y como tal incluidas en el apartado 7 del modelo LIC110.
Personas interesadas o destinatarias(requisitos):
Persona física o jurídica, o su representante legal.
Las personas obligadas conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, deberán realizarlo a través de medios electrónicos en todo caso.
Cumplimentando el formulario web o presentando la instancia correspondiente debidamente cumplimentada así como la documentación exigible en cada caso.
Lugar de presentación:
- En el Registro Electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes Registros Electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- Presencialmente, cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de Registro.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Tasas y Gravamenes:
* Tarifa para uso y primera ocupación: 128,19 Euros.

**Tarifas para construcciones, instalaciones y obras:

IMPORTE PRESUPUESTO IMPORTE TASA
Hasta 3.005,06 Euros 10,50 Euros
Entre 3.005,07 Euros y 6.010,12 Euros 21,01Euros
Entre 6.010,13 Euros y 30.050,61Euros 42,02 Euros
Entre 30.050,62 Euros y 60.101,21 Euros 84,04 Euros
Entre 60.101,22 Euros y 150.253,03 Euros 173,34 Euros
Entre 150.253,04 Euros y 300.506,05 Euros 420,21 Euros
Entre 300.506,06 Euros y 601.012,10 Euros 845,68 Euros
Entre 601.012,11Euros y 1.502.530,26 Euros 1.691,35 Euros
Entre 1.502.530,27 y 3.005.060,52 Euros 4.228,37 Euros
Más de 3.005.060,52 Euros 8.451,48 Euros

***Impuesto de construcciones se establece en el 3,8% del presupuesto total (IVA excluido).

BONIFICACIONES según ordenanza municipal en vigor

Bonificaciones del 20 % sobre la cuota del impuesto las obras que se realicen en viviendas habituales que mejoren la eficiencia energética mediante informe técnico que acredite dicha mejora.

Estas bonificaciones deberán ser solicitadas por el contribuyente junto con la declaración responsable, debiendo en todo caso ser informadas por los Servicios Técnicos Municipales con carácter previo a su concesión.
Órgano gestor:
Licencias.
Efectos del silencio administrativo:
POSITIVO. Las declaraciones responsables habilitan al interesado para la realización de la obra o el uso declarados desde el día en que se haya presentado la documentación completa en cualquiera de las formas señaladas en el apartado "Lugar y forma de presentación", ello sin perjuicio de la obligación de completar el expediente con la documentación que le sea requerida por el Ayuntamiento y de las funciones municipales de comprobación, control e inspección de dichas declaraciones responsables.
En ningún caso podrán entenderse legitimada la ejecución de obras o realización de usos contrarios o disconformes con el planeamiento municipal, las Ordenanzas y/o la legislación vigente.

Tramitación presencial