Licencias de uso y ocupación cocheras y auxiliares de vivienda


Nivel 2. Descarga de formularios.
Descripción:
Es un requisito previo y necesario que acredita que las cocheras y auxiliares de vivienda han sido ejecutadas de conformidad a las condiciones de la licencia de obras, y de que estas se encuentran debidamente terminadas y aptas según las condiciones urbanísticas de su destino específico.
Forma de inicio:
Se inicia a instancia del promotor o propietario, preseentando la solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación necesaria
Órgano gestor:
Sección de licencias del Ayuntamiento de Siero
Plazo de presentación:
Con anterioridad a la ocupación o uso de una obra.
Lugar y forma de presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.
Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
A través del registro Telemático con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido, con la documentación en formato digital.
Plazo máximo de resolución y notificación:
El plazo de resolución será de tres meses
Órgano que resuelve:
Resolución de la Alcaldía o de la Concejalía con delegación
Efectos del silencio administrativo:
Positivo. La obtención de la licencia de ocupación por el transcurso de los plazos de silencio positivo no alcanza a legitimar las obras o usos que resultaren contrarios al planeamiento, y se entenderá sin perjuicio del deber de formalizar posteriormente la licencia en la forma legalmente procedente.
Recursos posibles:
Recurso potestativo de reposición ante el órgano que resolvió en el plazo de un mes desde la notificación o la publicación.
Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso administrativo en el plazo dos meses desde la notificación o la publicación.
Observaciones:
En caso de existir obras de urbanización vinculadas a la edificación, será requisito necesario para la concesión de la licencia de uso y ocupación, que dichas obras estén terminadas y recepcionadas.
Texto legal:
Según lo establecido en la vigente normativa de protección de datos, se le informa que los datos facilitados a través del presente formulario serán tratados por el Ayuntamiento de Siero, que actúa como Responsable del Tratamiento, con la finalidad de gestionar el trámite solicitado.
Los datos recabados, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Podrá ejercitar los de derechos de acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos, cuando procedan, ante el Ayuntamiento de Siero, Plaza del Ayuntamiento s/n. •33510. Pola de Siero, Siero Asturias, (España) indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica sedeelectronica.ayto-siero.es
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid o a través de su sede electrónica (sedeagpd.gob.es). No obstante, en primera instancia, podrá presentar reclamación ante el Delegado de Protección de Datos: dpd@ayto-siero.es
Aviso :
Conforme a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos a través de la página en la que se encuentra podrá consultar el estado de tramitación de sus expedientes

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación
Certificado final de obra Opcional Presencial
Justificación de haber dado de alta en el catastro la edificación Obligatorio Presencial
Licencia de Obra o en su caso número de referencia de la misma Obligatorio Presencial
Solicitud de Licencia de Uso y Ocupación debidamente cumplimentada Obligatorio Presencial

Leyes


  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Plan General Municipal de Ordenación de Siero definitivamente aprobado el 1 de junio de 2006.
  • Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Ordenanza municipal por tasa de expedición de licencias urbanísticas.
  • Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias.

Tramitación presencial



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas