Quejas y sugerencias (con certificado digital)


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción:
Se pone a disposición de los/as ciudadanos del Ayuntamiento de Siero el servicios de presentación de quejas, sugerencias e incidencias a través de vías electrónicas, dado así cumplimiento a lo establecido en la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Se entiende por queja el derecho de protesta de cualquier ciudadano ante la tardanza, mala atención o cualquier actuación irregular que se produzca en el funcionamiento de las unidades administrativas o servicios municipales.
Se entiende por sugerencia el derecho de cualquier ciudadano a solicitar mejoras en la calidad, rendimiento o ahorro de gasto público, simplificación o supresión de trámites, o cualquier otra medida que considere beneficiosa para el funcionamiento de la administración y los servicios municipales.
Se entiende por incidencia el aviso de reparación, mantenimiento o sustitución de elementos de los servicios básicos municipales (alumbrado, saneamiento y abastecimiento de agua, limpieza, parques y jardines etc.)
Este procedimiento SI requiere identificación fehaciente de la persona interesada mediante DNIe, o certificado digital. La presentación mediante esta vía confiere a la persona interesada la respuesta formal desde la Alcaldía o Concejalía de Participación Ciudadana.
Si lo que usted desea es, simplemente poner en conocimiento de la entidad dicha queja, sugerencia o incidencia para transmitir al Ayuntamiento cualquier idea, propuesta o aviso que ayude a mejorar los servicios cuya competencia corresponda a la administración municipal podrá hacerlo mediante el Buzón de quejas, sugerencias e incidencias, NO requiriendo en este caso identificación fehaciente, pero sí que se cumplimenten todos los datos solicitados, pudiendo accederse también, desde el listado de trámites municipales.
Forma de inicio:
Presentación a instancia de parte.
Órgano gestor:
Oficina de Atención al Ciudadano del Ayto. de Siero.
Lugar y forma de presentación:
De forma presencial en las oficinas de atención al ciudadano del Ayuntamiento de Siero.
En las oficinas de correos, mediante escrito dirigido a la oficina de atención al ciudadano del Ayuntamiento de Siero
En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
Por medios electronicos mediante el uso del Registro Electronico o del Buzon de Quejas y Sugerencias del Ayuntamiento de Siero.
Por aquellos otros medios establecidos en el art. 38 de la ley 30/92.
Plazo máximo de resolución y notificación:
Se velará porque, en la medida de lo posible, el plazo que transcurra entre la presentación del escrito de queja o de sugerencia, y su contestación, no sea superior a 20 días.
Órgano que resuelve:
Dependiente del objeto de la presentación de la solicitud.
Plazo de presentación:
A lo largo del año.
Personas interesadas o destinatarias(requisitos):
Cualquier persona física o jurídica, tendrá derecho a presentar quejas o sugerencias, con independencia de su nacionalidad o lugar de residencia, sobre materias que afecten a la competencia municipal o al funcionamiento de las distintas dependencias administrativas.
Observaciones:
No serán admisibles como quejas y sugerencias y, por tanto, no se efectuará la correspondiente tramitación, en los siguientes supuestos:
a) Las quejas y sugerencias en las que falten datos esenciales para su tramitación (nombre y apellidos o razón social, DNI o CIF, dirección postal o correo electrónico) o no definan con claridad los hechos , problemas o cuestión objeto de las mismas.
b) Las que se refieran a cuestiones que no sean objeto de la competencia municipal.
c) Aquellas cuya resolución deba efectuarse al amparo de un procedimiento administrativo, con aplicación de la normativa establecida al efecto.
d) Las de los empleados municipales sobre cuestaciones que afecten a su relación de servicios con el Ayuntamiento o sus organismos autónomos.
e) La tramitación de los recursos administrativos legalmente previstos.
f) Las solicitudes de información sobre procedimientos administrativos, documentación, plazos etc.
g) Las incidencias, avisos o advertencias sobre deficiencias en bienes o servicios.
h) Las que sean reiteración de otras resueltas anteriormente y presentadas por la misma persona.
La inadmisión de una queja o sugerencia será comunicada al interesado. En caso de que el motivo de exclusión sea haber incurrido en un defecto de forma subsanable, se le concederá plazo de 10 días para solventar las carencias apreciadas. En cualquier caso, la inadmisión no impedirá cumplir con facilitar al ciudadano la información que haya podido solicitar, en caso de que se disponga de la misma, así como asesorarle acerca de dónde ha de tramitar su solicitud.
Texto legal:
Según lo establecido en la vigente normativa de protección de datos, se le informa que los datos facilitados a través del presente formulario serán tratados por el Ayuntamiento de Siero, que actúa como Responsable del Tratamiento, con la finalidad de gestionar el trámite solicitado.
Los datos recabados, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Podrá ejercitar los de derechos de acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos, cuando procedan, ante el Ayuntamiento de Siero, Plaza del Ayuntamiento s/n. •33510. Pola de Siero, Siero Asturias, (España) indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica sedeelectronica.ayto-siero.es
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid o a través de su sede electrónica (sedeagpd.gob.es). No obstante, en primera instancia, podrá presentar reclamación ante el Delegado de Protección de Datos: dpd@ayto-siero.es
Aviso :
Conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación vigente, a través de la página en la que se encuentra podrá consultar el estado de tramitación de sus expedientes.

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación
Solicitud debidamente cumplimentada Obligatorio Presencial

Leyes


  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE 23/06/2007).
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos e carácter personal.
  • Real Decreto 951/2005 para la mejora de la calidad en la administración general del estado.
  • Resolución regulatoria de quejas y sugerencias del Alcalde de Siero.
  • Aquella otra normativa que resulte de aplicación a la materia de la que se trate.

Tramitación presencial


Documentación complementaria a la solicitud


Tramitación electrónica



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas