Renovación de licencia de venta ambulante dentro de plazo


Nivel 2. Descarga de formularios.
Descripción:
La licencia de venta ambulante se expiden con un plazo de validez desde la fecha de otorgamiento hasta el 31 de diciembre del año correspondiente, transcurrido el cual caducarán salvo prórroga expresa y abono de la tasa correspondiente.
Dada su vigencia anual la persona titular ha de proceder a renovarla anualmente.
En el plazo que transcurre desde la solicitud hasta la aprobación o denegación de la renovación, el titular de la licencia podrá ejercer la venta hasta que se resuelva sobre la misma, quedando sujeto, en caso de denegación, al pago únicamente de la tasa por ocupación
Forma de inicio:
El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud/autoliquidación debidamente cumplimentada.
Personas interesadas o destinatarias(requisitos):
Persona físicas o jurídicas titulares de licencia para el ejercicio de la venta ambulante
Órgano gestor:
Sección de Obras y Servicios.Negociado de Comercio y Tráfico
Plazo de presentación:
La renovación se deberá presentar desde 1 de enero al 15 de febrero del año correspondiente.IMPORTANTE RECORDAR QUE NO SE ADMITIRÁN LAS SOLICITUDES FUERA DE PLAZO, DECLARANDOSE LA BAJA DE LOS MISMOS.
Lugar y forma de presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.
Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento
A través del Registro Telemático con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido., con la documentación en formato digital.
Importe(Tributos):
Renovación de la licencia:Tasa por ocupación de vía pública. Ordenanza Nº17;Tasa por expedición de licencia. Nº 8
Denegación renovación de la licencia :Tasa por ocupación de vía pública. Nº 17
Plazo máximo de resolución y notificación:
El plazo para resolver las solicitudes de prórroga que se formulen por los interesados será de tres meses, si bien, cuando el número de solicitudes formuladas impidan razonablemente el cumplimiento de dicho plazo, podrá acordarse su ampliación por otros tres más
Órgano que resuelve:
Resolución de alcaldía.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos posibles:
Recurso potestativo de reposición ante el órgano que resolvió en el plazo de un mes desde la notificación o la publicación.
Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso administrativo en el plazo dos meses desde la notificación o la publicación.
Observaciones:
Las licencias se expedirán con plazo de validez hasta el 31 de diciembre del año en curso, transcurrido el cual caducarán salvo prórroga expresa y abono de la tasa correspondiente. Tienen vigencia de un año
Texto legal:
Según lo establecido en la vigente normativa de protección de datos, se le informa que los datos facilitados a través del presente formulario serán tratados por el Ayuntamiento de Siero, que actúa como Responsable del Tratamiento, con la finalidad de gestionar el trámite solicitado.
Los datos recabados, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Podrá ejercitar los de derechos de acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos, cuando procedan, ante el Ayuntamiento de Siero, Plaza del Ayuntamiento s/n. •33510. Pola de Siero, Siero Asturias, (España) indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica sedeelectronica.ayto-siero.es
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid o a través de su sede electrónica (sedeagpd.gob.es). No obstante, en primera instancia, podrá presentar reclamación ante el Delegado de Protección de Datos: dpd@ayto-siero.es
Aviso :
Conforme a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos a través de la página en la que se encuentra podrá consultar el estado de tramitación de sus expedientes

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación
Abono de tasas Obligatorio Presencial

General

Documentación Tipo Presentación
Solicitud modelo OBR204C debidamente cumplimentado según art. 66 Ley 39/2015, de 1 de octubre Obligatorio Presencial

Autónomo

Documentación Tipo Presentación
Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT Obligatorio Presencial
Recibo de pago de autónomo Obligatorio Presencial

Leyes


  • Ley del Principado de Asturias 10/2002, de 19 de noviembre, de Comercio Interior.
  • Ordenanzas Fiscales Nº 8 y 17.
  • Ordenanza para la Venta ambulante en el Municipio de Siero.
  • Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente.

Tramitación presencial



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas