Ocupación de la Vía Pública.


Nivel 2. Descarga de formularios.
Descripción:
Autorización previa y necesaria para la ocupación, utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública, con elementos no permanentes: terrazas de hostelería con mesas y sillas; expositores y plantas de temporada; gruas móviles; vallas u otras instalaciones provisionales;andamios, vehículos de mudanzas; materiales, escombros, contenedores; puestos de bebidas y otros artículos.
Forma de inicio:
Se inicia a instancia del interesado presentando la solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación necesaria.
Órgano gestor:
Sección de licencias del Ayuntamiento de Siero
Órgano que resuelve:
Con anterioridad al comienzo de la ocupación
Lugar y forma de presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.
Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
A través del Registro Telemático con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido, con la documentación en formato digital.
Importe(Tributos):
Los establecidos en la ordenanza fiscal municipal en vigor.
Plazo máximo de resolución y notificación:
El plazo de resolución será de 1 mes.
Órgano que resuelve:
Resolución de la Alcaldía o de la Concejalía de urbanismo con delegación
Efectos del silencio administrativo:
Negativo, conforme a lo establecido en el art. 24.1 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recursos posibles:
Recurso potestativo de reposición ante el órgano que resolvió en el plazo de un mes desde la notificación o la publicación.
Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación o la publicación.
Aviso :
Conforme a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos a través de la página en la que se encuentra podrá consultar el estado de tramitación de sus expedientes
Texto legal:
Según lo establecido en la vigente normativa de protección de datos, se le informa que los datos facilitados a través del presente formulario serán tratados por el Ayuntamiento de Siero, que actúa como Responsable del Tratamiento, con la finalidad de gestionar el trámite solicitado.
Los datos recabados, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Podrá ejercitar los de derechos de acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos, cuando procedan, ante el Ayuntamiento de Siero, Plaza del Ayuntamiento s/n. •33510. Pola de Siero, Siero Asturias, (España) indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica sedeelectronica.ayto-siero.es
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid o a través de su sede electrónica (sedeagpd.gob.es). No obstante, en primera instancia, podrá presentar reclamación ante el Delegado de Protección de Datos: dpd@ayto-siero.es

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación
Copia licencia municipal de apertura o nº de Expediente Obligatorio Ambas
Copia licencia municipal de obras o nº de Expediente (solo para contenedores, andamios, acopio de materiales, vallas, etc.) Obligatorio Ambas
Croquis explicativo con distribución y superficie de ocupación Obligatorio Ambas
Plano de situación referido al PGMO de Siero Obligatorio Ambas
Solicitud de modelo LIC105C debidamente cumplimentado según art. 66 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Obligatorio Presencial
Tasas según ordenanza fiscal Obligatorio Ambas

Leyes


  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Plan General Municipal de Ordenación.
  • Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias.
  • Ordenanzas fiscales vigentes.

Tramitación presencial



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas